Impuesto al consumo de bolsas de plástico

La Ley del Impuesto al Consumo de Bolsas de Plástico (30884) entró en vigencia desde el 1 de agosto de 2019.

Dicha ley está relacionada al consumo o intercambio de bolsas plásticas de un solo uso, recipientes o envases descartables de poliestileno expandido (conocido como tecnopor) para alimentos y bebidas dentro del país.

Para evitar el impuesto puedes usar bolsas biodegradables, pero estás tendrán que ser certificadas.

Las bolsas biodegradables puedes regalarlas, sin generar ningún sobre costo, caso contrario usted como establecimiento tendría que asumir el costo.

En este artículo ponemos algunos alcances que debes conocer para cumplirla y aplicar responsabilidad social.

Plazos

Los establecimientos físicos y virtuales dentro de un plazo de 36 meses deberán usar progresivamente bolsas que no generen impacto dentro del medio ambiente.

Dicho paso debe cumplirse desde 1 de agosto de 2019. Es decir, el plazo para usar definitivamente bolsas reutilizables es hasta agosto del 2022.

La obligación tributaria del impuesto se origina en el momento de la adquisición de las bolsas de plástico.

Impuestos

Ya es notorio que algunas tiendas o supermercados cobran de 0.15 a 0.20 céntimos por concepto de bolsa. El impuesto será cobrado por la persona natural o jurídica sujeta al IGV.

Es porque la ley 30884 define el 0.10 céntimos el adicional al valor del costo mínimo equivalente al precio dentro del mercado.

Si compras 2 bolsas con valor de S/ 0.20 cada uno, pagarás S/ 0.40 por las bolsas, y sumar S/ 0.20 por el impuesto.

El impuesto se aplicará por unidad según cronograma: S/ 0.10 para el 2019, S/ 0.20 para el 2020, S/ 0.30 para el 2021, S/ 0.40 para el 2022 y S/ 0.50 para el 2023 y años subsiguientes.

El cobro no se hará en pequeñas bodegas o mercados de abastos que están bajo el Régimen Único Simplificado (RUS).

Sin embargo, sí lo deberán pagar aquellas que facturan más de S/ 5.000 mensuales y están obligados a tributar en el Régimen Mype Tributario o en el régimen general del Impuesto a la Renta.

Excepciones

Cuando se despacha alimentos a granel o alimentos de origen animal, que necesiten asepsia en su despacho por su humedad o preelaboración.

Está relacionado también a los productos usados en limpieza, higiene o salud.

En caso de los sorbetes debe expenderse solo en caso de necesidad médica, discapacidad, adultos mayores y aquellos que formen parte de un producto final.

Cómo se factura

Las implementaciones en los diferentes sistemas de facturación electrónica recién se están desarrollando (tienen plazo hasta el primer trimestre del 2020).

Aun así y en caso emitas comprobantes físicos, deberás anotar de manera manual el detalle para poder realizar el cobro del impuesto.